Fiesta académica de la Facultad de Derecho Canónico

El Miércoles 9 de enero, la Facultad de Derecho Canónico ha celebrado la fiesta académica de su patrón San Raimundo de Peñafort. Después de la Misa en la Basílica de San Apolinar, el Card. Giuseppe Versaldi, Presidente de la Prefectura de los Asuntos Económicos de la Santa Sede, ha realizado la conferencia sobre La capacidad para contraer matrimonio en el magisterio de Benedicto XVI.

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Cardenal Versaldi: Defender "el significado pleno y objetivo del matrimonio" contra "las tendencias pseudo pastorales"

Defender "el significado pleno y objetivo del matrimonio" para contrastar "las tendencias pseudo pastorales" que no favorecen "el bien de las personas y de la sociedad", sino más bien desestabilizan los valores de la "familia natural". Todo esto es más necesario que nunca para la Iglesia, sobre todo si se quiere poner freno al "desastre" actual que la "cultura relativista y subjetiva está provocando" -in primis la caída de la tasa de natalidad y el aumento de divorcios- y a aquel "pesimismo antropológico" que niega "la realidad del matrimonio" porque considera a los "cristianos normales" incapaces de asumir la obligación de un compromiso definitivo.

Así lo ha expresado el Cardenal Giuseppe Versaldi, Presidente de la Prefectura de los Asuntos Económicos de la Santa Sede, quien desde hace muchos años ha sido Referendario y Elector, y actualmente es juez del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica, y entre sus competencias está la vigilancia sobre la recta administración de la justicia por parte de todos los tribunales de la Iglesia, quien intervino esta mañana en la Facultad de Derecho Canónico de la Pontificia Universidad de la Santa Cruz, con ocasión de la Fiesta académica de su santo Patrón San Raimundo de Peñafort.

El purpurado se inspiró en las siete alocuciones que el Santo Padre Benedicto XVI dirigió del 2005 al 2012 a los auditores del Tribunal Apostólico de la Rota Romana, esbozando una "trama lógica" del magisterio del Papa sobre el tema de la capacidad de contraer matrimonio, con la que manifiesta "no solamente su sólida y completa visión doctrinal" sino también su preocupación por "corregir numerosas tendencias" superficiales y parciales de las normas jurídicas, a menudo separadas "del contexto de las ciencias sagradas" y orientadas a "instrumentalizaciones pseudo pastorales".

La acción pastoral de la Iglesia, de hecho, "no puede prescindir de la verdad",  en el momento en que "justicia, caridad y verdad" deben convivir en un "círculo virtuoso", teniendo bien en mente que también la actividad jurídica "tiene como fin la salvación de las almas". Dicho con otras palabras, "la justicia asegura la verdad, que debe ser buscada con caridad y que impulsa al compromiso por la justicia".

Para prevenir la nulidad matrimonial es seguramente necesario invertir más sobre la preparación de los novios al matrimonio, porque también en aquella fase se hacen presentas "algunos aspectos jurídicos" (examen de los esposos, publicaciones, otras investigaciones patrimoniales) seguramente útiles para comprobar la "verdad sobre las intenciones y la comprensión del significado de aquello que los esposos piden que se realice con la celebración de la boda", aunque a menudo esos “aspectos jurídicos” son reducidos a meros instrumentos formales.

El Papa - explicó el Cardenal Versaldi -, respecto "a una correcta y plena visión antropológica que es fundamento de la verdad jurídica del matrimonio" afirma "que la capacidad de asumir las obligaciones" del vínculo, se mide "en relación al eficaz querer de cada uno de los contrayentes, que hace posible y operante tal realización ya al momento mismo del pacto nupcial". Por lo que "es el consentimiento lo que produce el matrimonio", mientras su válida subsistencia "no depende del comportamiento sucesivo de los esposos durante su vida matrimonial".

Dicho lo cual, agregó Versaldi, "hace falta resistir a las tentaciones de transformar las simples carencias de los esposos durante su existencia conyugal en defectos de consentimiento".

Se asume también que "el derecho al matrimonio es un derecho natural - divino", "sustancialmente inherente a la naturaleza humana desde la creación", por lo que negarlo es posible solamente en razón de una causa "grave", y por tanto de una "anomalía, es decir, una excepción", como había ya subrayado Juan Pablo II en la Dignitas connubii.

El Papa advierte también del peligro, para los Tribunales eclesiásticos, de formar "jurisprudencias locales cada vez más distantes de la interpretación común de las leyes positivas e incluso de la doctrina de la Iglesia sobre el matrimonio", y en consecuencia se reitera la necesidad de hacer "uniforme y cierta la aplicación de la ley", evitando "la arbitrariedad de criterios subjetivos".

Por su parte la Iglesia, "Madre y Maestra", en el caso de la negación de la declaración de nulidad, se ocupa de los cónyuges en crisis poniendo a disposición "medios naturales y sobrenaturales", por ejemplo sugiriendo "retomar la práctica de una auténtica y profunda espiritualidad conyugal" y cuando sea necesario "recurrir a la ayuda psicológica" a través de Consejeros familiares de "segura inspiración cristiana", concluyó el Cardenal Versaldi.